Política de Devolución y Reembolso
1. Derecho de Desistimiento:
- De acuerdo con la legislación vigente, tienes derecho a desistir de la compra de un curso online dentro de los 14 días naturales siguientes a la fecha de compra, siempre y cuando no hayas accedido a los contenidos del curso.
- Si ya has accedido a los contenidos del curso, renuncias a tu derecho de desistimiento.
2. Condiciones para Reembolso:
- Cursos no iniciados: Si solicitas la cancelación y reembolso antes de haber accedido a cualquier contenido del curso, te reembolsaremos el importe total pagado.
- Cursos con contenido descargado: Si ya has descargado material del curso, el reembolso no sera posible.
- Problemas técnicos: Si experimentas problemas técnicos que te impiden acceder al curso o disfrutar de su contenido, haremos todo lo posible por solucionarlos. Si no podemos resolver el problema, te ofreceremos un reembolso completo o parcial, según corresponda.
- Insatisfacción con el contenido: Si consideras que el contenido del curso no cumple con lo prometido en la descripción del mismo, puedes solicitar una revisión. En casos justificados, podremos ofrecer un reembolso parcial o total.
- Cálculo de la devolución:
El cálculo del reembolso se hará en función del porcentaje utilizado del curso, más los gastos administrativos correspondientes. Si ya has accedido a contenidos o descargado material, el reembolso será proporcional al tiempo y contenido no utilizado, descontando los gastos administrativos y comisiones de la plataforma de pago.
3. Proceso de Solicitud de Reembolso:
- Para solicitar un reembolso, debes enviar un correo electrónico a financiero@institutoiase.org dentro del plazo establecido, indicando el motivo de tu solicitud y el número de pedido.
- Revisaremos tu solicitud y te informaremos sobre la resolución en un plazo máximo de 10 días hábiles.
- En caso de aprobación, el reembolso se realizará a través del mismo método de pago utilizado en la compra original.
4. Excepciones:
- No se realizarán reembolsos en los siguientes casos:
- Si has superado el plazo de 14 días naturales desde la compra.
- Si has accedido a una parte considerable del contenido del curso o a materiales descargables, como libros de la biblioteca digital y manuales de los módulos.
- Si la solicitud de reembolso se basa en motivos ajenos a la calidad del curso o a problemas técnicos.
5. Cambios en la Política:
- Nos reservamos el derecho de modificar esta política de devolución y reembolso en cualquier momento. Cualquier cambio será 1 publicado en nuestro sitio web.
Política de Negociación de la Morosidad y Resolución Extrajudicial de Conflictos
Base Legal: Ley Orgánica 1/2025 (España), Ley 5/2012 y Real Decreto 980/2013
- Objetivo
La presente política establece directrices y procedimientos para el tratamiento de casos de morosidad, priorizando la solución amistosa y extrajudicial mediante negociación directa, conciliación y mediación formal, conforme a los principios de eficiencia procesal y autonomía de la voluntad de las partes, consagrados en el ordenamiento jurídico español.
- Fundamento Legal
La presente política se alinea con las disposiciones de:
- Título II, Capítulo I de la Ley Orgánica 1/2025, que regula los Medios Adecuados de Solución de Controversias (MASC), fomentando métodos no jurisdiccionales como la mediación, conciliación, negociación y arbitraje;
- Ley 5/2012, de 6 de julio, que regula la mediación en asuntos civiles y mercantiles;
- Real Decreto 980/2013, de 13 de diciembre, que desarrolla aspectos procedimentales de la citada ley;
- Artículo 6.º de la Ley 5/2012, que reconoce el carácter vinculante de los acuerdos logrados mediante mediación, los cuales podrán ser elevados a escritura pública con eficacia ejecutiva:
“Los acuerdos logrados mediante mediación tendrán carácter vinculante y, en su caso, podrán ser elevados a escritura pública para su ejecución.”
- Etapas de la Política de Gestión de la Morosidad
3.1. Comunicación Inicial
Una vez vencida cualquier obligación contractual y constatado el impago, se enviará al deudor (o su representante legal) una notificación formal de cobro, que incluirá:
- Identificación del contrato;
- Detalle de la deuda pendiente;
- Condiciones para su regularización.
3.2. Propuesta de Negociación Amistosa
En el plazo de 15 (quince) días naturales tras el envío de la notificación, el deudor podrá:
- Abonar la deuda en su totalidad;
- Presentar una contrapropuesta de pago fraccionado o descuento;
- Solicitar una sesión de mediación voluntaria.
3.3. Remisión a Mediación Institucional
Si no se recibe respuesta en el plazo indicado, el caso podrá ser remitido a una Cámara Internacional de Mediación, con el objetivo de iniciar un procedimiento formal conforme a los requisitos legales de la Ley 5/2012.
Los costes y plazos del procedimiento serán debidamente comunicados a las partes, y las sesiones podrán realizarse de forma presencial o virtual, con la participación de un mediador imparcial certificado.
3.4. Acuerdo Formal
En caso de alcanzarse un consenso, se redactará un Acta de Acuerdo con carácter vinculante, la cual podrá ser elevada a escritura pública, confiriéndole fuerza ejecutiva de acuerdo con el artículo 6.º de la Ley 5/2012.
3.5. Acciones Subsiguientes
En ausencia de acuerdo o comparecencia a la mediación, se adoptarán las medidas legales correspondientes, tales como:
- Reclamación o protesta internacional;
- Inclusión en registros de morosos;
- Acción judicial con base en el contrato.
- Principios Rectores de la Política
- Autonomía de la voluntad de las partes
- Buena fe y cooperación mutua
- Confidencialidad del procedimiento de mediación
- Búsqueda de la solución pacífica de los conflictos
- Eficiencia y celeridad en la resolución de las controversias
- Canal de Atención
Para consultas, propuestas de negociación o aclaraciones, las partes podrán contactarse a través del siguiente medio:
📧 Correo electrónico: financiero@institutoiase.org
- CLÁUSULA DE RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS – CONCILIACIÓN, MEDIACIÓN O NEGOCIACIÓN
Las partes contratantes acuerdan realizar todos los esfuerzos posibles para resolver de forma amistosa cualquier diferencia o controversia derivada del presente contrato. Para ello, se comprometen, antes de acudir al Poder Judicial, a participar en un procedimiento de mediación, conciliación o negociación extrajudicial, conforme a lo dispuesto en la Ley 5/2012, de 6 de julio, de mediación en asuntos civiles y mercantiles, y demás normativas aplicables.
La negociación se llevará a cabo de forma presencial o virtual, respetando los principios de confidencialidad, imparcialidad y autonomía de la voluntad.
En caso de no alcanzarse un acuerdo en el plazo de 60 (sesenta) días desde la primera sesión, cualquiera de las partes podrá adoptar las medidas judiciales que considere oportunas, quedando constancia de que la mediación constituye un requisito previo para la interposición de acciones judiciales relacionadas con este contrato.